El programa de las viviendas 100% subsidiadas nace como respuesta del Gobierno Nacional a la realidad de miles de hogares que viven en situación de extrema pobreza y, por lo tanto, no logran acceder a un crédito para obtener su vivienda por los mecanismos tradicionales que ofrece el mercado. Este programa pretende entregar 100 mil viviendas y tiene como objetivo central seguir avanzando en el cumplimiento de las metas del Gobierno de crear empleo y reducir la pobreza en Colombia.
Con el programa, el Gobierno Nacional promueve un trabajo conjunto entre el sector público y el sector privado, para definir un método de selección objetivo, ágil y transparente de los diseñadores, constructores e interventores de las obras.
Mayo 27 de 2016
COMUNICADO
AVISO IMPORTANTE
PARA: Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hagan parte de áreas metropolitanas constituidas legalmente, que participaron en la Convocatoria para revisión de la viabilidad de proyectos en el marco del Programa de Vivienda Grauita II y cuyos proyectos cuentan con el “Certificado de Viabilidad” emitido por parte de Findeter y manifestación de interés de continuar con el desarrollo del mismo.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONVIVIENDA
ASUNTO: Fecha límite para recepción de documentación necesaria para la elaboración de los Convenios.
Mediante el presente comunicado se informa a Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hagan parte de áreas metropolitanas constituidas legalmente, que participaron en la Convocatoria para revisión de la viabilidad de proyectos en el marco del Programa de Vivienda Grauita II y cuyos proyectos cuentan con el “Certificado de Viabilidad” emitido por parte de Findeter y manifestación de interés de continuar con el desarrollo del mismo, que la fecha límite para la recepción de documentación necesaria para la elaboración de los Convenios es el primero (1º) de Junio de 2016.
Lo anterior teniendo en cuenta que previa ejecución de los proyectos de vivienda de interés prioritario viabilizados por FINDETER, se requiere la suscripción de un convenio interadministrativo entre el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA y la entidad territorial.
Cabe señalar que el envío de la documentación no obligan a la suscripción del convenio ni a la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco de la Segunda Etapa del Programa de Vivienda Gratuita por parte de Fonvivienda, en la medida en que el proyecto debe ser priorizado por el Comité Técnico del Fideicomiso – Programa de Vivienda Gratuita II.
Sin perjuicio de lo anterior, sólo serán objeto de priorización por el mencionado Comité los proyectos respecto de los cuales se reciba oportunamente y en las condiciones señaladas, la documentación necesaria.
Mayo 17 de 2016
Publicación de la Adenda No. 2 - Modificación Cronograma "Solicitud de cotización para el ejercicio de la Interventoria de los proyectos de Vivienda de Interés Prioritario Segunda Fase del Programa de Vivienda Gratuita - PVG II"
En la pestaña Convocatorias / Otra Categoría en esta misma página web.
Mayo 11 de 2016
Publicación documento definitivo proyecto de solicitud de cotización para interventores de Vivienda de Interés Prioritario Segunda Fase del Programa de Vivienda Gratuita - PVG II".
El documento consta de 2 partes:
1- Modificación Cronograma
2- Documento definitivo ajustado de acuerdo a las observaciones presentadas en la Audiencia Pública del 22 de abril de 2016.
En la pestaña Convocatorias / Otra Categoría en esta misma página web.
Abril 29 de 2016
Publicación de la Adenda No. 1 "Solicitud de cotización para el ejercicio de la Interventoria de los proyectos de Vivienda de Interés Prioritario Segunda Fase del Programa de Vivienda Gratuita - PVG II"
En la pestaña Convocatorias / Otra Categoría en esta misma página web.
NOTA: Se están estudiando las observaciones recibidas en la Audiencia Pública de aclaraciones y próximamente se publicará el documento definitivo.
Abril 15 de 2016
Publicación de la Invitación "Solicitud de Cotización para Interventores PVG II"
en la pestaña Convocatorias / Otra Categoría en esta misma página web.
Marzo 01 de 2016
COMUNICADO
PARA: Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hagan parte de áreas metropolitanas constituidas legalmente, que participaron en la Convocatoria para revisión de la viabilidad de proyectos en el marco del Programa de Vivienda Grauita II y cuyos proyectos cuentan con el “Certificado de Viabilidad” emitido por parte de Findeter.
DE: DIRECCIÓN EJECUTIVA DE FONVIVIENDA
ASUNTO: Fechas de remisión de Manifestaciones de Interés.
Mediante el presente comunicado se informa a Gobernadores, Alcaldes y Secretarios de Planeación de Municipios de categorías 3, 4, 5 y 6, que no hagan parte de áreas metropolitanas constituidas legalmente, que participaron en la Convocatoria para revisión de la viabilidad de proyectos en el marco del Programa de Vivienda Grauita II y cuyos proyectos cuentan con el “Certificado de Viabilidad” emitido por parte de Findeter, que teniendo en cuenta las solicitudes de varias Alcaldías que han presentado inconvenientes con la remisión de la Manifestación de Interés por medio electrónico, tendrán oportunidad de remitirla durante los días 1º, 2 y 3 de marzo de 2016, al correo electrónicohramirez@minvivienda.gov.co o radicarlo en las mismas fechas en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio.
Es importante aclarar que teniendo en cuenta que previa ejecución de los proyectos de vivienda de interés prioritario viabilizados por FINDETER, se requiere la suscripción de un convenio interadministrativo entre el Fondo Nacional de Vivienda – FONVIVIENDA y la entidad territorial, estas deben revisar el proyecto de minuta a suscribir e indicar si en las condiciones planteadas en la misma, tendría interés en el desarrollo del(los) proyecto(s) viabilizado(s), caso en el cual deben diligenciar el formato de manifestación de interés, y remitirlo, durante las fechas indicadas.
Cabe señalar que ni el envío de esta comunicación, ni el recibo de la manifestación de interés por parte de esa entidad, obligan a la suscripción del convenio ni a la asignación de subsidios familiares de vivienda en el marco de la Segunda Etapa del Programa de Vivienda Gratuita por parte de Fonvivienda, en la medida en que el proyecto debe ser priorizado por el Comité Técnico del Fideicomiso – Programa de Vivienda Gratuita II.
Sin perjuicio de lo anterior, sólo serán objeto de priorización por el mencionado Comité los proyectos respecto de los cuales se reciba oportunamente y en las condiciones señaladas, la manifestación de interés.
11-02-2016
Ver los siguientes documentos de la Convocatoria pública en esta página web así:
* Manifestación de Interes y convenio Interadministrativo en la pestaña "Minutas Contratos"
* Resolución 1082 del 25 de junio de 2015 (Cupos) en la pestaña de "Normatividad"